Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí

Enviar Sugerencia
Conectarse a través de Whatsapp
Temas del día:
Buscar

Aplicarán adicional de Ganancias a las exportaciones trianguladas

Se gravará una alícuota superior del impuesto cuando el lugar de destino de la mercadería difiera del domicilio del comprador

7 de Enero de 2014 | 00:00

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aplicará una percepción adicional del impuesto a las ganancias a la triangulación de exportaciones, que tendrá una alícuota superior cuando se trate de operaciones en donde el domicilio del comprador de las mercaderías corresponda a un paraíso fiscal.

A través de la Resolución General 3577, publicada hoy en el Boletín Oficial, se dispuso la creación de "un régimen de percepción en el impuesto a las ganancias aplicable a las operaciones de exportación definitiva para consumo" en donde se verifique que "los países de destino físico de la mercadería difieren de los países o jurisdicciones donde se encuentran domiciliados los sujetos del exterior a quienes se le facturaron" esas operaciones.

"El importe a percibir se calculará por cada operación de exportación", mediante la aplicación de una "alícuota de 0,50 por ciento sobre el valor imponible definido para la liquidación de los tributos aduaneros", indica la norma firmada por el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray.

Además, se especifica que "cuando las facturas de exportación se emitan a nombre de sujetos domiciliados, constituidos o ubicados en países, dominios, jurisdicciones, territorios y estados asociados no cooperadores a los fines de la transparencia fiscal, a la alícuota mencionada se le adicionará el 1,5 por ciento".

La norma indica que el agente de percepción de ese gravamen será la Dirección General de Aduanas (DGA) y que esa percepción no será "computable en la determinación de los anticipos del impuesto a las ganancias".

En los fundamentos de la norma se indica que "se estima conveniente disponer un régimen de percepción en el impuesto a las ganancias, aplicable a las operaciones de exportación definitiva para consumo que efectúen los contribuyentes y/o responsables, respecto de las cuales" la AFIP "detecte la existencia de triangulación".

En ese sentido, se indica que la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) "opina que (ese tipo de operaciones, denominadas como esquemas de planificación fiscal) constituyen problemas graves de equidad y disciplina tributaria y provocan pérdidas en la recaudación tributaria".

También se sostiene la necesidad de tomar "medidas más profundas y adecuadas para abordar los distintos aspectos del problema que pone en juego la integridad del impuesto a las ganancias", para evitar que "algunos contribuyentes que desarrollan actividades con el exterior" obtengan "mayores ventajas competitivas con respecto a las empresas que desarrollan actividades a nivel nacional", lo cual genera "situaciones de inequidad" e "influye sobre el cumplimiento tributario voluntario"

Las noticias locales nunca fueron tan importantes
SUSCRIBITE

+ Comentarios

Para comentar suscribite haciendo click aquí

ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES

HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS

Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales

¿Ya tiene suscripción? Ingresar

Básico Promocional

$120/mes

*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $1870

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Suscribirme

Full Promocional

$160/mes

*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $2880

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Acceso a la versión PDF

Beneficios Club El Día

Suscribirme
Ir al Inicio
cargando...
Básico Promocional
Acceso ilimitado a www.eldia.com
$120.-

POR MES*

*Costo por 3 meses. Luego $1870.-/mes
Mustang Cloud - CMS para portales de noticias

Para ver nuestro sitio correctamente gire la pantalla