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El Gobierno oficializó el acuerdo de precios con supermercados y proveedores

El convenio conocido como “precios cuidados” fue publicado en el Boletín Oficial para capital federal y el Gran Buenos Aires. Esta semana se extendería al interior. El precio de carnes, verduras y pan se revisará mensualmente

13 de Enero de 2014 | 00:00

El Gobierno oficializó hoy los convenios con supermercados y empresas productoras participantes del acuerdo de "precios cuidados" en capital federal y el Gran Buenos Aires, que prevé revisiones mensuales de los precios de carnes, frutas, verduras y panificados y trimestrales para el resto del centenar de productos incluidos.

A través de la resolución 2/2014, publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma del secretario de Comercio, Augusto Costa, se indica el la cláusula primera que "la Empresa de Supermercados se compromete a vender al consumidor final los productos (...) a un precio final, único y constante acordado con el Estado Nacional".

"El Estado Nacional y la empresa de supermercados acordarán en lo sucesivo la ampliación del presente convenio para el resto del territorio del país mediante una Addenda a suscribirse por ambas partes", se agrega.

EXTENSION AL INTERIOR

El nuevo acuerdo de "precios cuidados" se extendería esta semana al interior del país, según la promesa oficial, en tanto que hoy los representantes de los supermercados chinos se reunirán con Costa para ultimar detalles de la adhesión del sector al programa.

En la cláusula segunda, se destaca que "la empresa de supermercados se compromete a vender al consumidor final de forma constante e ininterrumpida la totalidad de los productos que se enumeran" en el acuerdo y se indica que "cualquier restricción al número de productos de venta por consumidor (...) deberá ser previamente autorizado por la Secretaría de Comercio".

"El listado de precios estará sujeto a una revisión periódica trimestral convenida en base a la evolución de las condiciones de producción, comercialización y distribución de los productos que lo componen. La Secretaría de Comercio notificará con una antelación de 10 días previos a la finalización de cada trimestre a la empresa de supermercados la convocatoria con esta finalidad", se añade.

Empero, "para el caso de tratarse de la venta a consumidor final de cortes de carne, frutas, verduras y panificaciones realizadas por la empresa de supermercados las partes acuerdan una revisión por un período menor, no inferior a un mes de año calendario".

"Las partes acuerdan que las revisiones aludidas tendrán en cuenta el impacto en la estructura de costos de la variación de: los precios de venta de los proveedores, costos salariales de distribución y comercialización de los productos, valores de energía y combustible, cargas tributarias y tasas", se agrega.

En sus considerandos, la norma establece que "el artículo 42 de la Constitución Nacional establece que los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno".

Asimismo, que "las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos, y a la constitución de asociaciones de consumidores y de usuarios".

"Este acuerdo responde a una visión amplia de la formación de precios y requiere de un análisis dinámico de las cadenas de valor, considerando las estructuras de costos de sus distintos eslabones. Mediante revisiones periódicas y el diálogo permanente con los actores de las distintas cadenas se atenderán las variaciones justificadas de costos y los cambios objetivos en las condiciones de abastecimiento", se expresa

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