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Funcionará dentro de la Secretaría de Control Urbano municipal y se encargará de fiscalizar la aplicación de la Ley de Nocturnidad provincial
A partir de ahora habrá un ámbito en la Ciudad destinado a seguir de cerca el cumplimiento de la Ley de Nocturnidad.
La Municipalidad inauguró una oficina que funcionará dentro de la secretaría de Control Urbano y que se encargará de fiscalizar la aplicación de la normativa provincial que fija pautas para la movida nocturna.
Esta iniciativa se puso en marcha a partir de la sanción de ordenanza comunal Nº 10.978.
Gustavo Luzardo, secretario de Control Urbano, destacó que “esta comisión se integró para controlar que el funcionamiento de la noche platense esté de acuerdo con las reglamentaciones vigentes y es una herramienta fundamental para garantizar la transparencia y seguridad de todas las personas que concurren a disfrutar de la noche”.
El nuevo organismo está conformado por personal de la secretaría de Salud, la subsecretaría de Gobierno, el Consejo de Prevención y Seguridad Ciudadana, la dirección de Niñez y Adolescencia y las áreas de Gestión Territorial, Justicia de Faltas, Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos, como así también intervendrán representantes del Sindicato de Control de Admisión y Permanencia (SUTCAPRA) y ediles la comisión de Derechos Humanos y de Seguridad del Concejo Deliberante. Participará, además, el INADI.
Entre las tareas que se desarrollarán en este nuevo espacio se encuentra la articulación entre la autoridad de aplicación y los órganos de fiscalización de las leyes mencionadas: se establecerán mecanismos de monitoreo y seguimiento en la aplicación de la normativa, se recibirán denuncias; y se llevarán estadísticas sobre las infracciones que se cometan.
El objetivo que se persigue con este organismo “es propender a la cooperación de la sociedad y de los ámbitos académicos, y promover la participación de los padres en el control de la nocturnidad”, explicaron fuentes del Municipio.
La Oficina de Nocturnidad evaluará, en rigor, el cumplimiento de la ordenanza 10.799 (Código de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Nocturnidad), junto con las leyes provinciales 13.964 y 14.050
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