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En su fallo, el juez Francisco Terrier aludió a distintos aspectos del conflicto docente; estos son algunos de los puntos salientes de la resolución judicial:
* Ordenó el “cese inmediato” del paro aplicado por los docentes en las aulas de la Provincia, mientras dure la paritaria
* Ratificó la continuidad de las negociaciones paritarias, a las que “deberán concurrir obligatoriamente las partes en conflicto”
* Ordenó al gobernador Scioli a adoptar “las medidas necesarias a fin de garantizar la efectiva prestación del servicio educativo y el inicio del ciclo lectivo, en forma inmediata”
* Prohibió descontar “a los docentes los días de huelga transcurridos, cualquiera sea su consideración jurídica –paro, suspensión de la relación laboral, presentismo, etc.-, hasta el agotamiento de la negociación y conciliación colectiva”
* En su argumentación, el juez consideró que “una correcta interpretación” de la Constitución Nacional “conduce a reconocer supremacía al derecho de aprender sobre el derecho de huelga (...)”, aunque ello “no implica suprimir ni declarar ilegítimo el derecho de huelga”
* Advirtió que “si bien los docentes nucleados en los gremios codemandados son los responsables inmediatos de la formación de los alumnos a su cargo, no debe dejar de advertirse que el deber de educar incumbe primariamente al Estado mediante la provisión de los recursos necesarios para dotar de excelencia a la educación”.
* Consideró que “debe quedar fuera de toda controversia la trascendencia, no siempre debidamente valorada, de la tarea desempeñada por los docentes, quienes en ocasiones deben además padecer y sobrellevar con entereza situaciones que han llegado hasta al maltrato, absolutamente injustificable. Sus reclamos aparecen legitimados en atención a la aludida importancia de la función que desempeñan, frente a las bajas remuneraciones que han tomado estado público en las últimas semanas”
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